Importante

La información de esta página solo se aplica a las solicitudes de protección internacional presentadas a partir del 12 de junio de 2026.

Fotografía de un menor no acompañado

Menores no acompañados

Los solicitantes menores de 18 años que lleguen a Irlanda sin un padre, madre o tutor recibirán apoyo adicional, representación y asistencia jurídica durante todo el proceso de protección internacional.

Resumen

Apoyo y representación para menores no acompañados

De conformidad con la Ley de Protección Internacional de 2026, se entiende por menor no acompañado:

  • a) un menor que llegue al Estado sin ir acompañado de un adulto responsable de él o ella, y mientras dicho menor no quede efectivamente bajo el cuidado de dicho adulto, o
  • b) un menor que llegue al Estado y, tras su llegada, quede sin la compañía de un adulto responsable de él, y mientras dicho menor no quede efectivamente bajo el cuidado de dicho adulto.

Cuando un menor no acompañado presente una solicitud de protección internacional, se le asignará un representante provisional durante las primeras etapas y, posteriormente, se le designará un representante lo antes posible. Este representante informará al menor no acompañado y le explicará sus derechos y obligaciones como solicitante.

imagen de un menor no acompañado
Una mujer hablando con el personal de apoyo durante una sesión de solicitud o informativa
Asistencia jurídica

Asesoramiento jurídico y ayuda con la tramitación de solicitudes

La Junta de Asistencia Jurídica prestará asesoramiento jurídico para garantizar que el menor comprenda los aspectos legales del proceso de solicitud.

La Oficina de Protección de Menores cuenta con asistentes sociales especialmente formados para tramitar las solicitudes de los menores no acompañados.

La Oficina de Inversiones Públicas (IPO) acordará los detalles necesarios junto con el representante para la tramitación de dicha solicitud, y el representante prestará apoyo al menor durante todo el proceso, incluida su asistencia a la entrevista.

Evaluación de la edad

Solicitar una revisión de la evaluación de la edad

Si existen dudas sobre si una persona que afirma ser menor de edad tiene menos de 18 años, la IPO podrá llevar a cabo una evaluación de la edad.

Una vez que se haya determinado que el solicitante no es menor de edad a efectos de la Ley de 2026, este podrá solicitar una nueva evaluación de la edad. La resolución que se adopte tras dicha evaluación será definitiva.

Para solicitar una nueva evaluación de la edad, envía un correo electrónico a [email protected] indicando que deseas que se revise tu edad.

Facilite los siguientes datos:

  • Nombre completo
  • Número de identificación personal (figura en tu certificado de registro y en tu tarjeta de solicitante de protección internacional)
  • La fecha de nacimiento o edad que has indicado
  • Datos de contacto: teléfono, dirección y correo electrónico
  • Copias escaneadas de cualquier documento de identidad original que acredite la fecha de nacimiento o la edad que has declarado
  • Cualquier otra información o documentación que, en su opinión, respalde su afirmación de ser menor de edad

Una vez recibida la documentación mencionada, la IPO se pondrá en contacto con usted para concertar una revisión de su evaluación de edad.

Próximos pasos

Ayuda y preguntas frecuentes

Respuestas a preguntas frecuentes sobre entrevistas, asistencia jurídica, plazos y el proceso de solicitud.

Recursos

Información sobre cómo recurrir las resoluciones en materia de protección internacional y retorno.