La Oficina de Inmigración y Adquisición de Ciudadanía ( IPO ) gestiona las solicitudes presentadas al amparo de la Ley de Protección Internacional de 2015.
La Oficina de Protección Internacional (IPO) es una unidad dependiente del Servicio de Prestación de Servicios de Inmigración (ISD) encargada de tramitar las solicitudes de protección internacional en virtud de la Ley de Protección Internacional de 2015. Asimismo, evalúa, en el marco de un procedimiento único, si se debe conceder a los solicitantes permiso para permanecer en el país. El equipo de la Oficina de Protección Internacional ( IPO ) está compuesto, entre otros, por un responsable jefe de protección internacional y por funcionarios de protección internacional, que actúan con independencia en el desempeño de sus funciones en materia de protección internacional.
¿Qué es la libertad de información?
La Ley de Libertad de Información (FOI) de 2014 entró en vigor el 14 de octubre de 2014. En ella se establece el derecho legal de toda persona a:
- acceder a la información que obran en poder de los organismos públicos,
- que se modifique la información oficial que le concierna cuando sea incompleta, incorrecta o engañosa,
- recibir una explicación de los motivos de las decisiones que les afectan.
La Ley de 2014 consagra el derecho de los ciudadanos a acceder a la información oficial en la mayor medida posible, siempre que ello sea compatible con el interés público y el derecho a la intimidad de las personas.
En el « IPO » protegemos tus datos personales
En general, la Oficina de Inmigración y Refugiados ( IPO ) conserva una gran cantidad de datos personales relativos a los solicitantes que utilizan los servicios de esta Oficina, a los que ya se facilita el acceso a los solicitantes en cuestión en el marco del proceso de resolución. Gran parte de la documentación que conservamos ya nos la habrán facilitado los solicitantes y/o sus representantes legales. El acceso de terceros a dicha información está estrictamente protegido tanto por la Ley de Libertad de Información de 2014 como por la legislación en materia de protección de datos. Asimismo, tenemos la obligación de respetar la confidencialidad del proceso, de conformidad con el artículo 26 de la Ley de Protección Internacional de 2015.
Cómo solicitar información
Si desea presentar una solicitud de información en virtud de la Ley de Libertad de Información, siga el enlace que aparece a continuación:
Datos que tenemos
La función de la Oficina de Admisión y Evaluación ( IPO ) consiste en examinar las solicitudes de protección internacional (estatuto de refugiado y protección subsidiaria) y las cuestiones relacionadas con los permisos de permanencia, en el marco de un procedimiento único de solicitud. También nos ocupamos de las solicitudes para presentar una nueva solicitud de protección internacional.
IPO conserva los expedientes personales relacionados con las solicitudes de nuestros clientes.






